Hipersensibilidad Electromagnética

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El pasado 24 de mayo el juez sustituto Juan Manuel Carrillo Sanz del Juzgado de lo Social número 24 de Madrid, dictó una sentencia pionera en favor de una trabajadora auxiliar de servicios de la Facultad de Económicas de la Universidad Complutense de Madrid. El juez declaró la incapacidad permanente y absoluta de esta trabajadora, por lo tendría derecho al 100% de la base reguladora de su sueldo (1.640,80 euros). La razón: hipersensibilidad electromagnética y ambiental, lo que la producía fatiga crónica y fibromialgia.

El año pasado el Equipo de Valoración de Incapacidades emitió un informe en el que determinaba que la mujer, de 42 años, no presentaba reducciones anatómicas o funcionales que disminuyeran o anularan su capacidad laboral, por lo que no propusieron a la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social en Madrid su incapacidad permanente, negándole la pensión. La trabajadora recurrió a la Justicia, y el juez la ha dado la razón.

En un estado de derecho un juez representa el poder máximo, pero ¿está capacitado un juez para tomar decisiones sobre aspectos que no conoce?

Los enfermos de EHS (de sus siglas en inglés) presentan reacciones adversas ante exposiciones a niveles de radiación electromagnética muy inferiores a los límites máximos aceptados internacionalmente. Estas reacciones son tales como el dolor de cabeza, dolores musculares, fatiga, enrojecimiento de la piel, picor, etc. Cualquiera que sea su causa, los efectos son reales y ocasionalmente son incapacitantes. Pero lo cierto es que en diversos estudios científicos utilizando condiciones de doble ciego (1)(2) se pudo constatar que no había correlación entre las emisiones electromagnéticas y las reacciones adversas de los enfermos de EHS, y que el ser humano no puede percibir este tipo de emisiones.

Los síntomas de EHS, por lo tanto, tienen que estar originados por una enfermedad somática pasada por alto, o por la somatización de un desorden síquico.

Según la OMS:

La EHS está caracterizada por una variedad de síntomas no específicos que varían de un individuo a otro. Estos síntomas son reales y pueden variar en su severidad. Sea lo que sea lo que los cause, pueden suponer la inhabilitación para los enfermos que la padecen. La EHS no tiene un criterio claro de diagnóstico y no existe evidencia científica que lo ligue a la exposición a las emisiones electromagnéticas. Es más, la EHS no se puede diagnosticas médicamente, ni está claro que pueda suponer un problema médico.

En el límite de lo racionalmente asimilable, la EHS ha llevado a alguno de los que lo padecen a mudarse a una remota zona montañosa de Virginia Oeste, huyendo de esta radiación. Se les conoce como los exiliados del wi-fi.

La ciencia tiene que investigar más para determinar qué es lo que causa esos síntomas a estos pacientes. Lo que está claro es que las emisiones electromagnéticas, no tienen la culpa.

Referencias:

http://en.wikipedia.org/wiki/Electromagnetic_hypersensitivity#cite_note-who-0

http://www.elpais.com/articulo/espana/hipersensibilidad/electromagnetica/causa/incapacidad/laboral/elpepuesp/20110712elpepunac_18/Tes

http://www.psychosomaticmedicine.org/content/67/2/224

  • @ CarlosR:
    demuestra lo contrario, osea lo que afirmas, que no es peligroso…

  • kasina dijo:

    @ CarlosR:
    demuestra lo contrario, osea lo que afirmas, que no es peligroso…

    Es curioso, no veo ningún comentario de CarlosR en este hilo. :nose:

  • MaGaO dijo:

    kasina dijo:
    @ CarlosR:
    demuestra lo contrario, osea lo que afirmas, que no es peligroso…

    Es curioso, no veo ningún comentario de CarlosR en este hilo.

    Eso es porque no he hecho ninguno hasta ahora :-D . Creo que ya debes presumir cual es mi idea sobre este tema. Mi opinión es que las ondas electromagnéticas no causan ningún efecto en los consumidores, a menos que alguno quiera sacar algún beneficio económico del asunto. Distinto es el caso de trabajadores del rubro que estén expuestos sin protección durante años a la energía emitida por transmisores de alta potencia que no cuenten con el debido blindaje protector. Y esta última afirmación que hago aún sigue sujeta a controversia. Las normas vigentes en mi país protegen a los trabajadores del rubro obligando a los empleadores a respetar ciertas normas de seguridad que evitan que el ámbito de trabajo las radiaciones electromagnéticas pasen de cierto nivel, estamos hablando de aparatos emisores de Radiofrecuencias a muy alta potencia.



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